Comentarios a fallos

Caso Gutiérrez Hernández Vs. Guatemala de la Corte IDH. 

Comentario elaborado por MARIO ALCIDES POLANCO PÉREZ. Click Aquí.

Sentencia de la Corte IDH, caso Gutiérrez Hernández Vs. Guatemala. Click Aquí. 

Casos Sala, Fontevecchia, las decisiones de la Corte IDH y las interpretaciones de la CSJN.

Comentario elaborado por Sebastián Alejandro Rey. Click aquí. 

Resolución de la CSJN en el caso M. Sala. Click aquí. 

Resolución de la CSJN ante la reciente decisión de la Corte IDH en el caso Fontevecchia y D´Amico. Click Aquí.

Caso del TEDH Affaire Metodiev et autres c. Bulgarie. 

Comentario a la sentencia del TEDH elaborado por JULIA BEN ISAHI. Click aquí.

Sentencia del TEDH Affaire Metodiev et autres c. Bulgarie. (Disponible en Francés) Click aquí. 

Caso"Villamil" de la CSJN. Nuevo comentario.

Comentario al fallo elaborado por Guillermo Andrés Díaz Martínez. Click aquí. 

Fallo Villamil de la CSJN. Click aquí.

Caso"Villamil" de la CSJN.

Comentario al fallo elaborado por Christian G. Sommer. Click aquí.

Fallo Villamil de la CSJN. Click aquí.

 Caso González Castillo, Cristián Maximiliano y otro s/robo con arma de fuego.

Artículo de Marisa Herrera y Agustina Bladilo “Una Corte errante: sobre la (in) constitucionalidad del art. 12 del Código Penal” Click aquí.

Fallo de la CSJN 340:669 Click aquí.

Caso Muiña de la CSJN

Artículo de Roberto Manuel Carlés  “A propósito del caso Muiña’ y la aplicación de la regla del dos por uno a un condenado por delitos de lesa humanidad. Click aquí. 

Fallo de la CSJN "Caso Muiña" del 3 de mayo de 2017. Click aquí. 



Caso Acosta y otros vs. Nicaragua

Artículo de María Luisa Acosta Castellón sobre el “Caso Acosta y otros Vs. Nicaragua” Click aquí.

Sentencia del Caso Acosta y otros vs. Nicaragua. Click aquí.  



Caso Fontevecchía y D´Amico vs. Argentina. 

Fallo 340:47 de la CSJN. Click aquí

Comentario al fallo 340:47 por Sebastián Rey "En defensa de la Convención. Una respuesta del Derecho Internacional a los “elogios” recibidos por la sentencia de la Corte Suprema en el caso “Fontevecchia y D’Amico”. Click aquí

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